Confirmado: las elecciones en Tucumán serán el próximo 11 de junio
A través de los decretos 170 y 171/2024, el Ejecutivo estableció “el derecho a la libre elección” de los afiliados para escoger la de su preferencia. Quienes tengan prepaga podrán derivar sus aportes directamente a esa empresa.
Tal como había adelantado el Gobierno a principios de la semana, en medio de la pulseada con los gremios, se oficializó la desregulación de las obras sociales, que establece “el derecho a la libre elección” de los afiliados para escoger la de su preferencia. Además, quienes tengan prepaga podrán derivar sus aportes directamente a esa empresa.
A través de los decretos 170 y 171/2024, publicados este miércoles en el Boletín Oficial, el Ejecutivo establece “el derecho a la libre elección podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, entre cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma, con la excepción prevista en el artículo 9°”.
Por otra parte, se elimina el plazo mínimo de permanencia de un año, y se determina que “el mencionado derecho a la libre elección podrá ejercerse por el plazo y de acuerdo con el procedimiento que determine la Autoridad de Aplicación y se hará efectivo a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud”.