El Gobierno tiene la posibilidad de apelar el fallo ante instancias superiores de la Justicia.
El juez titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 11, Martín Cormick, declaró hoy la nulidad del llamado “protocolo antipiquetes” que puso en práctica la ex ministra de Seguridad Patricia Bullrich hace dos años para contener las movilizaciones sociales y cortes de calle.
Para declarar la nulidad del marco de actuación de las fuerzas de seguridad en manifestaciones sociales establecido mediante la resolución 943/2023, el magistrado hizo lugar a una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que consideró que el protocolo antipiquetes pone en jaque el derecho a la protesta social.
En el fallo, Cormick sostuvo, en línea con el organismo civil y de Derechos Humanos, que la administración pública gubernamental no tiene la facultad de dictar normas que lesionen derechos constitucionales básicos y fundamentales como la libertad de reunión, de petición a las autoridades y la libertad de expresión.
El protocolo antipiquetes habilitaba a las fuerzas de seguridad a actuar de manera inmediata ante un corte de calle o cualquier vía de circulación vehicular, con luz verde para reprimir, bajo la premisa de que se trata de delitos cometidos en flagrancia.