Confirmado: las elecciones en Tucumán serán el próximo 11 de junio
La presentación pedía al gobierno porteño que defienda su autonomía ante el DNU de Alberto Fernández.
Fue por decisión de la magistrada Romina Tesone quién rechazó un amparo para volver a las clases presenciales. La decisión de la jueza se dio a conocer el viernes por la noche y rechazó in límine la cautelar de un grupo de madres y padres a través de la Defensoría Oficial y Asesoría Tutelar para que haya clases presenciales y se declare la inconstitucionalidad del DNU 241/2021 firmado por el presidente.
El concepto de rechazo in límine de una demanda significa que el reclamo no reviste fundabilidad o carece de un interés tutelado por el ordenamiento, tiene como fundamento evitar un inútil dispendio de la función jurisdiccional. La ley procesal contempla el rechazo in limine de las demandas que no se ajustan a las reglas formales que el propio ordenamiento adjetivo prescribe.
La presentación había sido patrocinada por la defensora oficial María Lorenz González Castro Feijóo y la asesora tutelar Norma Beatriz Sas, en la justicia en lo contencioso administrativo de la ciudad de Buenos Aires en la que pidieron una medida cautelar en la que “se declare la suspensión de los efectos del DNU 241/2021″. Pero la resolución judicial no accedió a sus requerimientos.