Confirmado: las elecciones en Tucumán serán el próximo 11 de junio
El aumento bimestral calculado para el mes de diciembre de este año (13,8%) se dividirá en dos tramos de 6,9%, uno a aplicarse en diciembre 2022 y otro en enero de 2023.
A partir del mes de febrero de 2023, por el plazo de 18 meses, el aumento de la cuota de la medicina prepaga tendrá un tope del 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado para aquellas personas que posean ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles.
Este tope aplica tanto para quienes contraten individualmente y de manera directa a las empresas de medicina prepaga como para quienes acceden por derivación de sus aportes obligatorios al sistema de Obras Sociales, en cuyo caso el tope será aplicable a la cuota que efectivamente abonen por el plan superador que hayan contratado.
Por el mismo período, para quienes tienen un ingreso neto equivalente a más de seis salarios mínimos, los incrementos mensuales máximos que podrán aplicarse en las cuotas se definirán, como hasta ahora, de acuerdo con la variación de los costos, reflejada en el índice de Costos de Salud.
A partir del 1° de enero del 2023 las Entidades de Medicina Prepaga deberán ofrecer planes de cobertura idénticos a los vigentes en la actualidad, a precios de al menos un 25% por debajo de los precios actuales que podrán incluir copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel. Esto permitirá que se establezca una mejor relación entre el gasto del usuario/a y las tasas de consumo de prestaciones contratadas.