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El aborto es la cuarta causa de mortalidad materna en el país y se calcula que menos del 10% son llevados a cabo en instituciones sanitarias con garantía.
La Corte Constitucional de Colombia aprobó la despenalización parcial del aborto, permitiendo la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 24 semanas, aunque no eliminó el delito del Código Penal, según informó ese tribunal.
La despenalización fue aceptada en sesión extraordinaria por cinco votos a favor y cuatro en contra de los magistrados, en un proceso que lleva meses dilatado por trabas administrativas e impedimentos a jueces puestos por grupos opositores al aborto, y que hasta la fecha no había abordado el debate de fondo.
El aborto solo estaba permitido en Colombia por tres causas: cuando está en riesgo la salud o la vida de la madre; cuando es fruto de violación o incesto, o si hay malformación del feto, mientras que -en el resto de los casos- está penado hasta con cuatro años y medio de cárcel.
No se trata, no obstante, de la eliminación del delito del aborto del Código Penal -seguirá castigado a partir de las 24 semanas cuando no se trate de las tres causales- como pedían las organizaciones feministas.